• Instituto Morelense de Información Pública y Estadística

Amplía el IMIPE suspensión de términos hasta el 30 de abril

Cuernavaca, Morelos, 06 de abril de 2020

Ante la contingencia sanitaria por COVID 19, el Instituto Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE) amplió el período de suspensión de términos y actividades hasta el próximo 30 de abril.

La comisionada presidenta del IMIPE, Dora Ivonne Rosales Sotelo, señaló que con la finalidad de salvaguardar la salud de los servidores públicos y contribuir a la no propagación de contagios por COVID 19, se decidió la toma de nuevas disposiciones.

El pasado 30 de marzo, el Consejo de Salubridad General, emitió el Acuerdo por el que fue declarada como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Períodico Oficial de la Federación, con una vigencia hasta el 30 de abril, es por ello que el IMIPE, acorde a estas disposiciones nacionales, decidió ajustarse a las mismas.

Mediante el Acuerdo IMIPE/SP/02SE-2020/3, el Instituto había determinado en su tercera disposición lo que a la letra dice:

“TERCERO. Estas medidas son de carácter temporal y podrán actualizarse, modificarse o suspenderse, debido a las indicaciones que señalen las autoridades compatentes, por lo que se exhorta a todos los sujetos obligados, a dar seguimiento a la página institucional y redes sociales de este órgano garante”.

Asimismo, en el resolutivo primero, numeral 3, se otorga a la Comisionada Presidenta la facultad para poder prorrogar la suspensión de términos que se estableció en el acuerdo de mérito, señala a la letra, lo siguiente:

“Dicha suspensión podrá prorrogarse si persisten las causas que la motivan, para la cual deberá efectuarse la correspondiente declaratoria por parte del Pleno y/o la Presidencia de este Instituto”.

Derivado de lo anterior, y ante las nuevas medidas emergentes señaladas por la máxima autoridad de salud en el país, la Comisionada Presidenta del IMIPE emitió un pronunciamienton en que se señala:

…” a fin de evitar o limitar la propagación del virus COVID-19, y contribuir a preservar el derecho humano a la alud tanto de nuestros servidores públicos, usuarios del servicio público, por lo que tienen a bien ampliar al 30 de abril del año dos mil veinte, los plazos establecidos en la PRIMER disposición del acuerdo número IMIPE/SP/02SE-2020/3”…

De acuerdo a estas nuevas disposiciones el IMIPE tiene a bien notificar los sujetos Obligados sobre las mismas y a la sociedad en general, respecto del ejercicio de su derecho de acceso a la información.

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